miércoles, 4 de noviembre de 2009

Clasificación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados II

Siguiendo con los principios de contabilidad, en esta oportunidad desarrollaremos aquellos dados o determinados por el medio socio-económico.


Es decir: éstos principios están referidos al contexto en el que está inmerso la entidad o empresa y son los siguientes:

- Ente
- Bienes económicos.
- Moneda común denominador.
- Empresa en marcha.
- Periodo.


Ente:
Establece que la actividad económica es realizada por entidades u organizaciones independientes e identificables, que en la mayoría de los casos tienen una personería jurídica (ya que en otros casos existen personas naturales con negocio), es decir la personalidad de un negocio es independiente de la de sus accionistas o propietarios y en sus Estados Financieros sólo deben incluirse los bienes, valores, derechos y obligaciones de este ente económico independiente.

Bienes Económicos
Los Estados Financieros se refieren siempre a bienes materiales y en otros casos inmateriales, todos los cuales tienen un valor económico y por ende son susceptibles de ser valuados en términos monetarios.

Moneda común denominador
Para reflejar el patrimonio de una empresa mediante los Estados Financieros, es necesario elegir una moneda y valorizar los elementos patrimoniales aplicando un precio a cada unidad. Generalmente, se utiliza como común denominador a la moneda que tiene curso legal en el país en que funciona el ente o empresa.
Sólo los procesos o acontecimientos económicos se registran en términos monetarios, en los libros de contabilidad, quedando excluidos los diversos sucesos que no puedan valorizarse económicamente.
El dinero se utiliza como unidad de medida para la presentación de los Estados Financieros.
Las unidad monetaria en que se expresa los estados financieros debe divulgarse.

Empresa en marcha
Este principio implica la permanencia y proyección de la empresa en el mercado, no debiendo interrumpir sus actividades, sino por el contrario deberá seguir operando de forma indefinida. Significa que toda empresa tiene continuidad es decir seguirá funcionando y tendrá una proyección de futuro.
La entidad una vez constituida y se da inicio a sus actividades financieras y éstas a su vez son registradas, se determina su entrada en vigencia y se presume en existencia permanente salvo especificación en contrario, por lo que las cifras de sus Estados Financieros representarán valores históricos o modificaciones de ellos, sistemáticamente obtenidos.
Cuando las cifras representen valores estimados de liquidación, esto deberá especificarse claramente y solamente serán aceptables para información general cuando la entidad esté en liquidación.

Periodo
La entidad se ve obligada a medir el resultado de su gestión, cada cierto tiempo, ya sea por razones administrativas, legales, fiscales o financieras. Al tiempo que emplea para realizar esta medición se le llama periodo, el cual comprende de doce meses, y recibe el nombre de ejercicio.
Llamado también periodo contable, ejercicio contable, ejercicio económico y en las entidades públicas ejercicio fiscal.
El estudio referente a los Estados Financieros debe supeditarse a un periodo económico corto: esto nos dará una mejor visión de la entidad para una oportuna toma de decisiones en el futuro.
En forma general, las entidades tienen una larga vida y están en marcha, y probablemente los resultados definitivos de la inversión en ellas se conocerán cuando ésta culmine sus actividades; sin embargo, sería impensable esperar que se acabe la entidad para conocer los resultados de las operaciones realizadas por la institución.
Necesidad de conocer los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en períodos convencionales.Las operaciones y eventos así como sus efectos derivados, susceptibles de ser cuantificados, se identifican con el período en que ocurren, por tanto cualquier información contable debe indicar claramente el período a que se refiere, ó bien no se debe incluir una operación, en un ejercicio o periodo en la cual no corresponda.

Saludos

CPC Ciro Malpartida

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