martes, 24 de noviembre de 2009

Clasificación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados IV

Continuando con el tema de definir los principios de contabilidad, ahora nos toca desarrollar aquellos denominados principios de fondo o de valuación, que deben de tenerse en cuenta para arribar a una información razonable de los estados financieros, éstos se refieren a conceptos técnicos y básicos de registro de las operaciones económicas.


Estos principios son:

Valuación al costo
Devengado
Realización


Valuación al costo
Este principio establece que los activos de una empresa deben ser valuados al costo de adquisición o producción, como concepto básico de valuación; asimismo, las fluctuaciones de la moneda común denominador, no debe de incidir ni alterar el principio expresado, sino que se harán los ajustes necesarios a la expresión numeraria de los respectivos costos, por ejemplo ante un fenómeno inflacionario, se deberán de re expresar los estados financieros.
Cabe añadir que el concepto de este principio establece que en la contabilidad se deben de registrar los activos al precio que se pagó por adquirirlos, base mucho mas razonable que la estimación de valores actuales.

Devengado
El concepto de este principio se refiere a que las variaciones patrimoniales que se deben considerar para establecer el resultado económico, son los que corresponden a un ejercicio sin entrar a distinguir si se han cobrado o pagado durante dicho periodo. Es decir toda operación pertenece al período en el cual se ha realizado independientemente al cobro o al pago por dicha operación, este principio tiene relación con el de “Realización”.

Realización
Establece que los resultados económicos deben computarse cuando éstos sean realizados, o sea la utilidad se obtiene una vez ejecutada la operación económica, no antes. Este concepto está relacionado con el de devengado, en el sentido de que todo resultado se refiere al período al cual corresponde, ya sea ingreso o egreso.
Una compra o una venta, deberá considerarse como efectuada una vez que la operación económica ha sido realizada, con terceros y/o entidades sociales o empresas. Es decir los resultados económicos solo se deben computarse cuando la operación que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundadamente todos los riesgos inherentes a tal operación. Por tanto se establece, en lo que sea aplicable, que el concepto "realizado" participa del concepto de "devengado".

Bien, hasta aquí se han desarrollado todos los principios de contabilidad generalmente aceptados en casi todos los países del orbe, puede que existan otros más, pero de algún modo u otro, tienen relación con los principios ya expuestos.

Esperamos sus comentarios para así poder ahondar o explicar los conceptos ya vertidos en la presente nota.

Saludos cordiales,

CPC Ciro Malpartida

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